¿Qué es el CIFGGEA?

El Comité Interinstitucional de Fallas y Grietas Geológicas del Estado tiene como objetivo analizar, estudiar el origen y causas de las fallas geológicas así como el agrietamiento del suelo en el territorio estatal, permitiendo que estos estudios den lugar a la propuesta de programas y acciones multisectoriales que reduzcan el impacto social y urbanístico de estos fenómenos, promoviendo así una convivencia armónica.
El Comité se organiza en cuatro grupos especializados:
Grupo 1: Estudios Técnicos
Grupo 2: Equilibrio del Acuífero
Grupo 3: Normatividad y Cartografía
Grupo 4: Atención a Infraestructura Afectada

¿Cuándo se crea el CIFGGEA?

El Comité Interinstitucional de Fallas Geológicas y Grietas del Estado de Aguascalientes (CIFGGEA) fue fundado el 23 de febrero de 2004; obtuvo su carácter legal a través de un decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes.

El CIFGGEA se conforma por instituciones de los tres niveles de gobierno y cuenta con representación de la sociedad civil y del sector privado en el estado, actualmente es la Secretaría de Planeación, Participación y Desarrollo quien asume el rol de secretario técnico.

¿Cuáles son sus funciones?

1.- Coordinar los trabajos de los 4 Grupos Especializados que conforman el CIFGGEA, asegurando el uso de las tecnologías y sistemas de medición, monitoreo, control y prevención de las alteraciones geohidrológicas del territorio del estado.

2.- Informar a la población e instancias de gobierno correspondientes, a través del Sistema de Información de Fallas y Grietas Geológicas sobre los resultados de todos los estudios y análisis de interés realizados por los grupos de trabajo del CIFGGEA.

3.- Colaborar en la elaboración de instrumentos, programas y acciones relacionadas con las causas y consecuencias del agrietamiento del suelo en el estado.

4.- Evaluar las propuestas de las dependencias y entidades públicas que abordan la problemática del agrietamiento del suelo, así como las sugerencias de organismos representativos de la sociedad civil y particulares, para integrarlas a los planes y programas diseñados por el Comité.

5.- Opinar ante las autoridades estatales y municipales competentes, sobre la viabilidad de la expansión urbana en relación con las zonas de riesgo derivadas del agrietamiento del suelo.